Firma con e.firma (FIEL) SAT

Firma Electrónica Fedatario

Firma PDFs con tu e.firma del SAT y genera una Constancia anexa con UUID, SHA-256 y QR público. Validez jurídica Art. 89 Código de Comercio y Art. 17-D CFF.

Verificador

Valida una firma electrónica

Ingresa el UUID de la constancia o escanea el QR del PDF. Verificación pública, gratuita y permanente.

¿Dónde encuentro el UUID? En la última página del PDF firmado (Constancia de Firma Electrónica). También puedes escanear el QR que aparece en esa misma página; abrirá este verificador con el UUID pre-cargado.

¿Qué es la Firma Electrónica Fedatario?

La Firma Electrónica Fedatario es un servicio del Colegio Nacional de Fedatarios Públicos (CNFP) que permite a notarios, corredores públicos y mediadores firmar digitalmente documentos PDF con su e.firma (FIEL) del SAT. A diferencia del sellado por página, aquí el documento original se mantiene intacto y se le anexa una única Constancia de Firma Electrónica al final, con UUID único, huella SHA-256, cadena original y QR público de verificación.

La firma se realiza con cifrado RSA-SHA256 utilizando la llave privada del fedatario. Conforme al Art. 89 del Código de Comercio y al Art. 17-D del Código Fiscal de la Federación, un documento firmado con e.firma tiene los mismos efectos jurídicos que uno firmado de forma autógrafa. El Art. 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles le otorga pleno valor probatorio en juicio.

El CNFP no custodia la e.firma del fedatario: se utiliza en memoria durante el proceso y se descarta al terminar. El archivo .cer, el .key y la contraseña deben subirse en cada firma. Esta política protege al fedatario al eliminar la exposición de llaves privadas bajo nuestra custodia.

Comparativa

Firma Electrónica vs. Sello Electrónico

Ambos servicios usan la e.firma del fedatario, pero se aplican a documentos distintos.

Firma Electrónica (esta página)

  • ✓ Documento original intacto
  • ✓ Una sola página de Constancia al final
  • ✓ Ideal para: contratos, convenios, cartas, dictámenes
  • ✓ QR en la constancia con UUID
  • ✓ Huella SHA-256 del PDF completo
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Sello Electrónico

  • ✓ Pie de página + QR en cada hoja
  • ✓ Página final de Constancia con metadatos notariales
  • ✓ Ideal para: escrituras, actas, protocolo notarial
  • ✓ Captura tipo de acto, comparecientes, escritura, volumen
  • ✓ Sellado visible — identifica el documento a primera vista
Ir al Sello Electrónico →
Proceso

Así funciona la firma electrónica

1

Sube tus credenciales

El fedatario sube su .cer, .key y contraseña de la e.firma junto con el PDF. Todo se procesa en memoria; no guardamos la FIEL.

2

Firma criptográfica

El sistema calcula SHA-256 del PDF y firma con RSA-SHA256 usando la llave privada. Genera un UUID universalmente único.

3

Constancia anexa

Al PDF original se le agrega una última página con los datos del firmante, hash, cadena original, firma base64 y QR al verificador.

4

Verificación pública

Quien reciba el PDF escanea el QR o ingresa el UUID aquí. El sistema confirma autenticidad, firmante y estado (válido o revocado).

Marco Legal

Respaldo jurídico de la firma electrónica

Código de Comercio — Art. 89

Reconoce plena eficacia y valor probatorio a los mensajes de datos firmados electrónicamente. Equipara la firma electrónica avanzada a la firma autógrafa.

Código Fiscal de la Federación — Art. 17-D

Regula la e.firma (FIEL) del SAT y establece que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa. Es la base de la firma fedatario-CNFP.

Código Federal de Procedimientos Civiles — Art. 210-A

Reconoce como prueba la información generada, comunicada, recibida o archivada por medios electrónicos. Otorga valor probatorio al documento firmado electrónicamente.

Aviso NOM-151-SCFI-2016

La NOM-151 exige que el sello de tiempo sea emitido por un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) acreditado. El CNFP NO es PSC; la marca temporal de nuestra constancia proviene del servidor del CNFP y no constituye sello de tiempo NOM-151.

Preguntas Frecuentes

Todo sobre la firma electrónica

¿Qué es la Firma Electrónica Fedatario?
Es un servicio del CNFP que permite firmar digitalmente PDFs con e.firma (FIEL) del SAT, añadiendo una Constancia anexa con UUID, SHA-256 y QR público al final del propio documento.
¿Cómo se diferencia del Sello Electrónico?
El Sello estampa cada página (pie + QR visibles) y es para documentos del protocolo notarial (escrituras, actas). La Firma deja el documento original intacto y agrega sólo una página de Constancia al final. Ideal para contratos, convenios, cartas y dictámenes.
¿Qué validez legal tiene?
Misma validez que la firma autógrafa conforme al Art. 89 Código de Comercio, Art. 17-D CFF y Art. 210-A CFPC. La e.firma del SAT es el núcleo criptográfico reconocido por la legislación mexicana.
¿Es sello de tiempo NOM-151?
No. El CNFP NO es Prestador de Servicios de Certificación (PSC) autorizado por la Secretaría de Economía. La marca temporal proviene de nuestro servidor. Si tu acto requiere NOM-151 estricta, contrata un PSC autorizado.
¿El CNFP guarda mi e.firma?
No. Se procesa en memoria durante la firma y se descarta. No almacenamos .cer, .key ni contraseña. Se debe subir en cada firma.
¿Qué pasa si el firmante revoca la firma?
El verificador mostrará REVOCADA con fecha y motivo. Por política de privacidad se ocultan los datos del documento y del firmante tras la revocación.
¿Puedo firmar archivos que no sean PDF?
El flujo actual está optimizado para PDF porque la constancia se anexa como página final del mismo documento. Para XML o TXT se usa un flujo con firma externa en archivo .sig.
¿Hay límite de firmas por plan?
Los planes Pro y Premium del CNFP incluyen firmas ilimitadas. Revisa la sección de Planes para comparativa completa.

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