La DeclaraNOT en línea es la declaración informativa que los fedatarios públicos deben presentar al SAT por cada acto que celebran. Explicamos los 4 tipos (24, 25, 26, 27), los sub-tipos de Omisión PM, plazo de 15 días post-firma y diferencias con el aviso LFPIORPI.
¿Qué es la DeclaraNOT en línea del SAT?
La DeclaraNOT en línea es la declaración informativa que los fedatarios públicos (notarios y corredores) deben presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por cada acto que protocolicen o ratifiquen, conforme al artículo 27 fracción V del Código Fiscal de la Federación (CFF). Es distinta del aviso LFPIORPI (antilavado) y tiene su propio formato, plazo y portal.
El portal recibe los archivos en formato TXT pipe-delimited UTF-8 con terminación CRLF, siguiendo el "Manual para la creación de archivos TXT" publicado por el SAT en julio de 2019. Cada línea del TXT representa una sección del informativo, con campos separados por el carácter pipe (|).
¿Por qué se llama "DeclaraNOT"?
El nombre viene de "Declaración Notarial" — aunque también aplica a corredores públicos. Es el sistema diseñado específicamente para que los fedatarios reporten al SAT los actos que celebran y que tienen relevancia fiscal directa: transmisiones de propiedad, constituciones de personas morales, identificación de socios, fusiones, escisiones, omisiones, liquidaciones, etc.
Los 4 tipos de DeclaraNOT
El SAT define cuatro tipos principales de declaración informativa, cada uno con campos y secciones específicas:
Tipo 24 — Enajenación de bienes
Se presenta cuando el fedatario protocoliza una enajenación de inmueble. Reporta los datos del vendedor (enajenante), comprador (adquirente), monto de la operación, forma de pago, ISR retenido, y datos del inmueble. Se identifica al lado del vendedor — su residencia fiscal y obligaciones de ISR por enajenación.
Tipo 25 — Adquisición de bienes
Contraparte del tipo 24. Se presenta cuando el fedatario protocoliza la adquisición de un inmueble desde el punto de vista del comprador. Reporta los mismos datos pero con énfasis en el adquirente, el valor del avalúo y el ingreso acumulable del comprador para efectos fiscales.
Tipo 26 — Omisión / Inscripción de personas morales
Aplica a actos relativos a la existencia o cesación de personas morales. Tiene cinco sub-tipos identificados por una letra:
- C — Cesación de operaciones: la PM deja de operar pero no se liquida.
- E — Escisión: la PM escindente divide su patrimonio en una o varias PM escindidas.
- F — Fusión: dos o más PM se unen en una fusionante, con sus respectivas fusionadas.
- I — Inscripción al RFC: PM nueva que se constituye y se inscribe al SAT.
- L — Liquidación: PM en proceso de liquidación formal.
Cada sub-tipo tiene su propia estructura: por ejemplo, la Inscripción (I) requiere el domicilio fiscal de la nueva PM, mientras que la Cesación (C) no lo necesita. La Escisión (E) y Fusión (F) requieren listado de las PM involucradas.
Tipo 27 — Identificación de socios y accionistas
Se presenta cuando hay un cambio en la composición accionaria de una PM o cuando se constituye una nueva sociedad. Reporta los datos completos de cada socio o accionista: nombre, RFC, CURP, nacionalidad, domicilio, y porcentaje de participación. Es información clave para el SAT en su rol de identificación de beneficiarios controladores.
Plazo legal para presentar DeclaraNOT
El plazo es de 15 días naturales contados desde la fecha de firma de la escritura. Este plazo es importante por varias razones:
- Activación del RFC: si el acto involucra inscripción al RFC de una persona moral nueva (sub-tipo I), la presentación oportuna del DeclaraNOT es lo que activa el RFC ante el SAT. Una presentación tardía retrasa la activación del RFC del cliente y puede generar problemas operativos.
- Multas: el SAT puede imponer multas por presentación extemporánea, aunque no son tan elevadas como las de LFPIORPI.
- Vinculación con avisos LFPIORPI: si el acto también genera aviso LFPIORPI (por ejemplo compraventa de inmueble), los datos se reutilizan entre ambos sistemas para evitar doble captura.
¿Qué pasa si me equivoco al presentar la DeclaraNOT?
El SAT permite presentar declaraciones complementarias para corregir errores. Hay tres tipos:
- Normal (tipo 1): la primera vez que presentas la informativa por ese acto.
- Complementaria (tipo 2): corrige datos de una declaración normal previa.
- Complementaria esquema anterior (tipo 3): aplica a informativas presentadas con esquemas anteriores que ahora se corrigen con esquema vigente.
DeclaraNOT vs Aviso LFPIORPI: comparativa
Es la pregunta más frecuente entre fedatarios. Te dejamos la comparativa rápida:
| Aspecto | DeclaraNOT | Aviso LFPIORPI |
|---|---|---|
| Marco legal | CFF Art. 27 fr. V | LFPIORPI Art. 17 fr. XII |
| Naturaleza | Fiscal | Antilavado |
| Periodicidad | Por acto, 15 días post-firma | Mensual, día 17 |
| Formato | TXT pipe-delimited UTF-8 | XML conforme fep.xsd |
| Portal | DeclaraNOT en línea | SPPLD |
| Autoridad receptora | SAT | UIF (vía SAT) |
Para más detalle sobre los avisos LFPIORPI, consulta nuestro post de qué es la LFPIORPI.
Estructura técnica del TXT de DeclaraNOT
El archivo TXT comienza siempre con una línea de Configuración que define el ejercicio fiscal, tipo de declaración, periodo y tipo de informativa. Las líneas siguientes son secciones numeradas según el tipo:
- 900XXX — Enajenación de bienes (tipo 24)
- 910XXX — Adquisición de bienes (tipo 25)
- 880XXX — Omisión / Inscripción PM (tipo 26)
- 950XXX — Identificación de socios (tipo 27)
El texto en los campos debe estar normalizado: MAYÚSCULAS, sin acentos, sin caracteres especiales (puntos, comas, &, /, paréntesis), y separadores pipe estrictos. Cualquier desviación del formato genera rechazo automático del portal al subir el TXT.
Cumplimiento automatizado: la herramienta CNFP
El Colegio Nacional de Fedatarios Públicos ofrece una herramienta de generación automática de DeclaraNOT que cubre los 4 tipos y los 5 sub-tipos del 26, con catálogos oficiales SAT precargados, OCR del PDF de escritura para auto-llenar los campos, normalización automática de texto y recordatorios cuando faltan ≤7 días al plazo. Está incluida en el Plan Pro ($599 MXN/mes).
Preguntas frecuentes sobre DeclaraNOT
¿La DeclaraNOT es obligatoria para todos los fedatarios?
Sí, para todos los notarios y corredores públicos en México que protocolicen actos con relevancia fiscal directa (transmisiones de propiedad, constituciones de PM, cambios accionarios, etc.). Los mediadores certificados generalmente no la presentan porque sus actos no caen en los supuestos del Art. 27 fr. V CFF.
¿Qué pasa si presento tarde la DeclaraNOT?
El SAT puede sancionar por presentación extemporánea (Art. 81-82 CFF). Más crítico: si el acto involucra inscripción al RFC, el RFC nuevo del cliente puede demorarse en activarse, generando problemas operativos posteriores. Por eso el CNFP envía recordatorios cuando faltan ≤7 días al plazo de 15 días.
¿Puedo presentar la DeclaraNOT manualmente sin sistema automatizado?
Sí. El SAT permite capturar el informativo manualmente desde el portal DeclaraNOT en línea, o subiendo el TXT. La captura manual de cada acto toma 20-40 minutos. Con el generador automático del CNFP, son 2-3 minutos por acto reutilizando datos de la operación ya capturada.
¿La colonia se completa automáticamente?
El catálogo c_Colonia del SAT difiere ligeramente del catálogo SEPOMEX (Correos de México). Por eso el generador automático del CNFP deja el campo Colonia vacío en el TXT, y el portal SAT muestra dropdown filtrado por CP para que el fedatario seleccione la colonia oficial al cargar el TXT — un solo click adicional, garantizando que la pareja CP/Colonia coincida con el catálogo del SAT y no haya rechazo.
¿Quién sube el TXT al portal del SAT?
El fedatario titular, con su e.firma activa. El CNFP no sube el TXT por ti (sería problema de trazabilidad legal). Generamos el TXT y lo dejamos listo para que tú lo subas. Conservamos copia con hash SHA-256 como evidencia documental.
Conclusión
La DeclaraNOT no es opcional ni cumple la función del aviso LFPIORPI — son dos obligaciones distintas que conviven en el día a día del fedatario. Manejarlas en un sistema unificado evita duplicar captura, errores de transcripción y olvidos de plazo. Si quieres ver cómo el CNFP integra ambas obligaciones, consulta el checklist completo de obligaciones del fedatario o conoce nuestra Suite Compliance LFPIORPI.