Régimen de condominio en Yucatán: costo, requisitos y notarías
121 notarías registradas en Yucatán · Datos del arancel estatal actualizados a julio de 2026
El régimen de propiedad en condominio es la figura por la que un inmueble se divide jurídicamente en unidades de propiedad privativa y áreas comunes, de modo que cada propietario es dueño exclusivo de su unidad y copropietario de las áreas compartidas; se constituye en escritura pública y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad. Yucatán no publica una tarifa oficial para este acto, por lo que el costo se determina entre el notario y el cliente; lo que sí está definido es el marco legal que lo rige y los documentos que se necesitan. El directorio oficial del CNFP registra 121 notarías en la entidad.
Cuánto cuesta constituir el régimen de condominio en Yucatán
Yucatán no publica tarifa para este acto
Yucatán conserva un arancel notarial formalmente vigente, publicado en 1939, pero con montos nominales que el paso del tiempo dejó sin sentido económico. En la práctica esto significa que la tabla ya no sirve como referencia de precio y los honorarios se pactan.
Los honorarios los determina el notario según el número de unidades privativas y el valor del conjunto inmobiliario.
No publicamos aquí una cifra estimada para Yucatán porque sería un promedio nacional disfrazado de dato local, y no ayudaría a presupuestar. Lo que sí resuelve esta página es qué documentos necesitas, qué pasos sigue el trámite y ante qué notarías de la entidad puedes realizarlo. Para comparar el estado del arancel entre entidades, consulta la tabla nacional de aranceles notariales.
Fundamento legal en Yucatán
Esta es la materia notarial con mayor variación entre entidades del país. Cada estado tiene su propia ley de propiedad en condominio o un capítulo específico dentro de su Código Civil, y esas normas difieren de manera sustantiva en aspectos que importan mucho en la práctica: cómo se calculan los indivisos que determinan el voto y la cuota de mantenimiento de cada unidad, qué mayorías se requieren para modificar el reglamento o para acordar obras en áreas comunes, cómo se constituye y se acredita la administración, y qué vías existen para el cobro de cuotas vencidas. La escritura constitutiva debe contener la descripción de cada unidad privativa, la de las áreas comunes, el porcentaje de indiviso que a cada una corresponde y el reglamento del condominio, que rige la convivencia y se inscribe junto con ella.
En Yucatán la actuación del notario se rige por la Ley del Notariado del Estado de Yucatán, y los instrumentos que se otorgan ante él se inscriben en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Yucatán. El régimen arancelario de la entidad está clasificado como «Congelado»: Arancel formal vigente pero con montos nominales obsoletos. Honorarios reales pactados libremente.
Qué documentos necesitas
Llevar el expediente completo desde la primera cita es lo que más acorta los tiempos. Estos son los documentos que solicita el notario:
Escritura del inmueble
Título de propiedad del terreno y de las construcciones.
Licencias y autorizaciones municipales
Licencia de construcción, uso de suelo y las autorizaciones que exija la normatividad local para el régimen.
Planos aprobados
De cada unidad privativa y de las áreas comunes, con sus superficies.
Cálculo de indivisos
Porcentaje que corresponde a cada unidad, que determinará su voto y su cuota de mantenimiento.
Reglamento del condominio
Se inscribe junto con la escritura constitutiva y rige la convivencia.
Certificado de libertad de gravamen
Del inmueble que se somete al régimen.
Cómo se tramita, paso a paso
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1
Obtener licencias y autorizaciones
Ante la autoridad municipal, conforme a la normatividad de la entidad.
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2
Elaborar planos y calcular indivisos
Con perito o director responsable de obra, según lo exija la legislación local.
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3
Redactar el reglamento del condominio
Define convivencia, cuotas, uso de áreas comunes y régimen de asambleas.
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4
Otorgar la escritura constitutiva
Ante notario, con la descripción de unidades, áreas comunes e indivisos.
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5
Inscribir en el Registro Público
A partir de la inscripción cada unidad privativa puede transmitirse de forma independiente.
Notarías en Yucatán
El directorio oficial del CNFP registra 121 notarías en Yucatán, con datos validados con fuentes oficiales. Estas son las ciudades de la entidad con directorio propio:
Ver las 121 notarías de Yucatán →Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve constituir el régimen de condominio?
Para que cada unidad —departamento, casa, local u oficina— pueda venderse, hipotecarse y heredarse de forma independiente, con su propio folio registral. Sin el régimen constituido el inmueble es uno solo en el Registro Público, y transmitir una parte requiere el concurso de todos los copropietarios.
¿Qué son los indivisos y por qué importan tanto?
Es el porcentaje de las áreas comunes que corresponde a cada unidad privativa, y determina dos cosas de peso: cuánto vale su voto en las asambleas y qué proporción de las cuotas de mantenimiento le toca cubrir. Un cálculo mal hecho en la escritura constitutiva genera conflictos que duran años, porque corregirlo después exige el acuerdo de los condóminos.
¿Se puede modificar el régimen una vez constituido?
Sí, mediante asamblea y con las mayorías que exija la legislación de la entidad, formalizando el acuerdo en escritura pública e inscribiéndolo. Las mayorías requeridas varían de un estado a otro, y en algunos supuestos —como reducir áreas comunes— la exigencia es especialmente alta.
¿El reglamento del condominio es obligatorio?
Sí, y se inscribe junto con la escritura constitutiva. Obliga a todos los condóminos y a quienes ocupen las unidades por cualquier título, incluidos los arrendatarios, con independencia de que hayan participado o no en su elaboración.