Constituir una empresa en Quintana Roo: costo, requisitos y fedatarios
111 notarías registradas en Quintana Roo · Datos del arancel estatal actualizados a julio de 2026
Constituir una sociedad mercantil es el acto por el que dos o más personas —o una sola, en el caso de la sociedad por acciones simplificada— crean una persona moral con patrimonio propio, mediante escritura o póliza que se inscribe en el Registro Público de Comercio. Quintana Roo no publica una tarifa oficial para este acto, por lo que el costo se determina entre el notario y el cliente; lo que sí está definido es el marco legal que lo rige y los documentos que se necesitan. El directorio oficial del CNFP registra 111 notarías en la entidad.
Cuánto cuesta constituir una sociedad en Quintana Roo
Quintana Roo no publica tarifa para este acto
En Quintana Roo la legislación prevé que exista arancel notarial, pero su publicación no es accesible al ciudadano. Sin un tabulador consultable, la referencia útil para el usuario deja de ser la tabla y pasa a ser la cotización escrita.
Los honorarios los determina el fedatario según el tipo de sociedad, el capital social y el número de socios.
No publicamos aquí una cifra estimada para Quintana Roo porque sería un promedio nacional disfrazado de dato local, y no ayudaría a presupuestar. De los 32 estados, solo 7 publican una tarifa para este acto. Lo que sí resuelve esta página es qué documentos necesitas, qué pasos sigue el trámite y ante qué notarías de la entidad puedes realizarlo. Para comparar el estado del arancel entre entidades, consulta la tabla nacional de aranceles notariales.
También puedes constituirla ante un corredor público
En Quintana Roo el directorio del CNFP registra 6 corredores públicos habilitados por la Secretaría de Economía. En materia mercantil tienen fe pública plena, de modo que la póliza con la que constituyen una sociedad tiene el mismo valor que la escritura notarial para ese efecto.
La diferencia aparece después de constituir: si la sociedad va a adquirir inmuebles, esos actos requieren notario, porque la fe pública del corredor se circunscribe a lo mercantil. Conviene decidirlo desde el inicio según lo que la empresa vaya a hacer.
Ver los 6 corredores públicos de Quintana Roo →Fundamento legal en Quintana Roo
La constitución de sociedades mercantiles se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles, de aplicación federal en todo el país, y su inscripción se realiza en el Registro Público de Comercio. Hay un dato que casi nadie explica al empresario y que conviene conocer: la sociedad mercantil puede constituirse indistintamente ante notario público o ante corredor público. El corredor es el fedatario habilitado por la Secretaría de Economía conforme a la Ley Federal de Correduría Pública, y en materia mercantil tiene fe pública plena, de modo que la póliza que otorga tiene el mismo valor que la escritura notarial para estos efectos. La diferencia práctica aparece después: si la sociedad va a adquirir inmuebles, esos actos requieren notario, porque la fe pública del corredor se circunscribe a la materia mercantil. El primer paso de todo el procedimiento es la autorización de uso de denominación ante la Secretaría de Economía.
En Quintana Roo la actuación del notario se rige por la Ley del Notariado del Estado de Quintana Roo, y los instrumentos que se otorgan ante él se inscriben en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Quintana Roo. El régimen arancelario de la entidad está clasificado como «Inconsistente»: Base legal obliga arancel pero publicación no accesible al ciudadano.
Quintana Roo concentra una parte importante de su actividad notarial en operaciones inmobiliarias del corredor turístico: compraventas, fideicomisos en zona restringida —figura que la Constitución exige cuando un extranjero adquiere inmuebles dentro de los 50 kilómetros de la costa— y régimen de propiedad en condominio. Por ello es común que las notarías de la entidad atiendan a compradores nacionales y extranjeros, y que los trámites involucren traducción de documentos y constancias migratorias.
Qué documentos necesitas
Llevar el expediente completo desde la primera cita es lo que más acorta los tiempos. Estos son los documentos que solicita el notario:
Autorización de uso de denominación
Se tramita ante la Secretaría de Economía y tiene vigencia limitada.
Identificaciones de los socios
Con CURP y RFC de cada uno; si un socio es persona moral, su acta constitutiva y el poder de quien comparece.
Objeto social
Definición de las actividades que realizará la sociedad. Conviene redactarlo con amplitud suficiente para no tener que reformarlo pronto.
Capital social y aportaciones
Monto y forma en que cada socio aporta, así como el porcentaje que le corresponde.
Órgano de administración
Administrador único o consejo, y las facultades que se le confieren.
Domicilio social
La entidad federativa donde la sociedad tendrá su domicilio.
Cómo se tramita, paso a paso
-
1
Obtener la autorización de denominación
Ante la Secretaría de Economía, verificando que el nombre esté disponible.
-
2
Definir la estructura de la sociedad
Tipo social, capital, porcentajes, objeto y órgano de administración.
-
3
Elegir notario o corredor público
Ambos pueden constituir la sociedad; conviene considerar si la empresa adquirirá inmuebles.
-
4
Firmar el instrumento constitutivo
Escritura ante notario o póliza ante corredor.
-
5
Inscribir en el Registro Público de Comercio
Es lo que da a la sociedad plena oponibilidad frente a terceros.
-
6
Dar de alta la sociedad ante el SAT
Obtención del RFC y de la firma electrónica de la persona moral.
Notarías en Quintana Roo
El directorio oficial del CNFP registra 111 notarías en Quintana Roo, con datos validados con fuentes oficiales. Estas son las ciudades de la entidad con directorio propio:
Ver las 111 notarías de Quintana Roo →Preguntas frecuentes
¿Conviene constituir ante notario o ante corredor público?
Ambos pueden hacerlo con plena validez, porque el corredor público tiene fe pública en materia mercantil conforme a la Ley Federal de Correduría Pública. La consideración práctica es el futuro de la empresa: si va a adquirir inmuebles, esos actos requieren notario, porque la competencia del corredor se limita a lo mercantil. Para una sociedad que solo operará servicios o comercio, cualquiera de las dos vías resuelve.
¿Cuánto capital social necesito?
La Ley General de Sociedades Mercantiles ya no exige un capital mínimo para la S.A. ni para la S. de R.L.; los socios lo fijan libremente. Conviene, eso sí, que guarde relación con la operación real de la empresa, porque un capital simbólico puede dificultar la apertura de cuentas bancarias y la contratación con terceros.
¿Puedo constituir una empresa yo solo?
Sí, mediante la sociedad por acciones simplificada, que admite un solo accionista y está pensada para empresas de menor tamaño, con topes de ingresos anuales. Las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada requieren al menos dos socios.
¿Cuánto tarda constituir una sociedad?
De una a tres semanas en condiciones normales. El paso que suele marcar el ritmo no es la firma sino la autorización de denominación y, después, la inscripción en el Registro Público de Comercio, cuyos plazos varían según la entidad.