Testamento en Puebla: costo, requisitos y notarías

196 notarías registradas en Puebla · Datos del arancel estatal actualizados a julio de 2026

El testamento público abierto es el que una persona otorga ante notario para decidir quién recibirá sus bienes al morir; es el más usado en México porque el notario conserva el original en su protocolo y da fe de la capacidad y la voluntad de quien testa. En Puebla, el arancel notarial del estado publica una referencia de $3,847 para este acto. El directorio oficial del CNFP registra 196 notarías en la entidad ante las que puede otorgarse.

Cuánto cuesta un testamento en Puebla

$3,847
Testamento público abierto · referencia del arancel

Cifra tomada del arancel notarial de Puebla publicado en 2022. El arancel opera como tope máximo, no como precio fijo: muchos notarios cobran por debajo de esa referencia.

Consultar la fuente oficial →

Solo 7 de los 32 estados publican una tarifa para este acto; Puebla es uno de ellos.

Fundamento legal en Puebla

La capacidad para testar, las formalidades del testamento y el orden de la sucesión están regulados por el Código Civil de cada entidad federativa; la actuación del notario, por la Ley del Notariado local. Todo testamento otorgado ante notario genera además un aviso al Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT), sistema coordinado por la Secretaría de Gobernación que concentra la información de las entidades y permite localizar, tras el fallecimiento, si una persona testó y ante qué notario, con independencia del estado en que lo haya hecho. El testamento es esencialmente revocable: puede modificarse cuantas veces se quiera y siempre prevalece el más reciente, de modo que otorgarlo no limita la libertad de disponer de los bienes en vida.

En Puebla la actuación del notario se rige por la Ley del Notariado del Estado de Puebla, y los instrumentos que se otorgan ante él se inscriben en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Puebla. El régimen arancelario de la entidad está clasificado como «Moderno»: Arancel vigente, transparente y actualizado en UMA, INPC o Colegio.

Qué documentos necesitas

Llevar el expediente completo desde la primera cita es lo que más acorta los tiempos. Estos son los documentos que solicita el notario:

Identificación oficial vigente

Del testador. El notario debe cerciorarse de su identidad de manera directa.

CURP y RFC

Para la identificación fiscal y el aviso al registro de testamentos.

Acta de nacimiento

Acredita datos de identidad y filiación.

Datos de los herederos

Nombre completo y, de preferencia, CURP de las personas que se designarán como herederos y legatarios.

Designación de albacea

Persona que administrará y distribuirá la herencia; conviene nombrar también un sustituto.

Relación de bienes (opcional)

No es obligatorio inventariar todo: puede testarse sobre la totalidad del patrimonio sin listarlo bien por bien.

Cómo se tramita, paso a paso

  1. 1

    Acudir a la notaría

    El testamento es un acto personalísimo: debe otorgarlo el testador, no puede hacerse por medio de apoderado.

  2. 2

    Expresar la voluntad ante el notario

    El notario escucha, asesora sobre los efectos legales y redacta el instrumento conforme a lo manifestado.

  3. 3

    Lectura y firma

    Se lee el testamento en voz alta ante el testador, quien lo firma si está conforme.

  4. 4

    Aviso al registro de testamentos

    El notario envía el aviso correspondiente para que el testamento pueda localizarse tras el fallecimiento.

  5. 5

    Conservación del original

    El original queda en el protocolo del notario; el testador recibe un testimonio.

Notarías en Puebla

El directorio oficial del CNFP registra 196 notarías en Puebla, con datos validados con fuentes oficiales. Estas son las ciudades de la entidad con directorio propio:

Ver las 196 notarías de Puebla →

Preguntas frecuentes

¿Necesito listar todos mis bienes para testar?

No. Puede testarse sobre la totalidad del patrimonio sin inventariarlo bien por bien, lo que resulta práctico porque los bienes cambian con el tiempo. Solo conviene detallar cuando se quiere asignar un bien concreto a una persona determinada, figura que se conoce como legado.

¿Puedo cambiar mi testamento después?

Sí, cuantas veces quieras. El testamento es revocable por naturaleza y siempre prevalece el más reciente, sin necesidad de anular expresamente el anterior. Por eso el aviso al registro de testamentos es relevante: permite identificar cuál fue el último otorgado.

¿Qué pasa si muero sin testamento?

Se abre la sucesión intestamentaria, en la que la ley determina quiénes heredan y en qué proporción, siguiendo el orden de parentesco del Código Civil de la entidad. Es un procedimiento más largo, más costoso y con mayor riesgo de conflicto entre familiares que el que deriva de un testamento.

¿El testamento sirve si tengo bienes en otro estado?

Sí. Un testamento otorgado ante notario surte efectos respecto de los bienes ubicados en cualquier parte del país, y el aviso al registro nacional permite localizarlo desde cualquier entidad. Los trámites posteriores sobre inmuebles se realizan conforme a la legislación del lugar donde estos se encuentren.

¿Puedo desheredar a un familiar?

La legislación mexicana reconoce amplia libertad para testar, pero también obligaciones alimentarias frente a ciertas personas —menores de edad, cónyuge en determinados supuestos, ascendientes o descendientes que dependan económicamente del testador—. El notario explica cómo opera esa limitación conforme al Código Civil de la entidad.